SALUD
LABORAL EN LAS EMBARAZADAS:
EMBARAZO Y ACCIÓN PREVENTIVA
EN EL MEDIO HOSPITALARIO
<Carme
Catalán Piñol>
La
mujer está durante una parte importante de su vida expuesta
a un medio ambiente laboral; cuando decide tener
hijos, a pesar de que cada vez retrasa más esta decisión,
es todavía una joven y en general conoce poco los riesgos
que para el embarazo, y por lo tanto para su salud y la del futuro
ser, puede representar el trabajo y, lo que es peor, conoce aún
menos las posibilidades que tiene para disminuir y/o evitar estos
riesgos. A todo ello podemos añadir la escasa organización
sindical de las mujeres jóvenes y las dificultades que existen
para identificar riesgos que son visibles a largo plazo.
Esta es la
situación de partida para la investigación que realicé
en 2001 sobre prevención de riesgos laborales para el embarazo.
Me centré en un medio muy feminizado, el hospitalario, donde
el 70% de la/os trabajadora/es son mujeres, aunque en algunas categorías
la segregación es mucho mayor. Allí observé
el nivel de conocimientos sobre dichos riesgos y las políticas
preventivas que se realizan, pero creo que puede ser una reflexión
sobre el nivel de prevención que se alcanza en otros sectores.
EL ESTADO DE LA CUESTIÓN
Antes de entrar
a explicar la metodología utilizada y los resultados alcanzados
en el estudio, me gustaría comentar brevemente los conocimientos
existente respecto a esta problemática. Si revisamos la bibliografía,
vemos que la relación entre trabajo y embarazo ha sido muy
estudiada. Se ha considerado la exposición a agentes –físicos,
químicos, biológicos- y otras condiciones de trabajo
y sus efectos sobre la salud de la madre y el niño/a (Romito
1989, Shiono 1993, Gomby 1993, Figa 1996); la relación entre
los aspectos psico-sociales del trabajo y el embarazo también
empieza a ser estudiados (Wergeland 1993, Strand 1993). De estos
estudios se deduce que muchos de los agentes, procedimientos y condiciones
de trabajo considerados de riesgo para la reproducción y
el embarazo están presentes en el trabajo hospitalario. En
concreto, se refleja que las trabajadoras hospitalarias tienen alto
riesgo de tener bebes prematuros. El aborto espontáneo aparece
asociado a la manipulación de anticancerígenos, (Selevan
1985, Stuker 1990), las malformaciones aparecen asociadas a la exposición
o manipulación de diferentes agentes cómo anestésicos,
(Guirguis 1990) radiaciones ionizantes, substancias anticancerígenas,
oxido de etileno, formaldehído, tolueno o xileno. También
se refleja en los estudios que las enfermeras y auxiliares que trabajan
en horarios irregulares presenta una mayor incidencia de niños
con bajo peso al nacer (Figa 1996). El personal de limpieza y mantenimiento
ve afectado su embarazo de diversas maneras debido a la carga física.
Se han comparado varias profesiones y se ha comprobado que las trabajadoras
sanitarias tenían niveles mayores de prematuridad que otros
sectores ocupacionales (Mamelle 1981, Saurel 1985). Finalmente,
se ha visto que las posturas penosas de trabajo frecuentes en el
personal hospitalario provocan varices al 23% del personal (Estryn-ehar
1996). Hipertensión en el embarazo. (Saurel 1991)
LA SITUACIÓN EN LOS HOSPITALES DE BARCELONA
El objetivo
de mi investigación era analizar, en primer lugar, como se
contemplaba el embarazo y lactancia en la legislación y en
las Metodologías de Evaluación de Riesgos (ver cuadro),
y, en segundo lugar, ver cual es el nivel de aplicación de
las mismas a la hora de evaluar los riesgos y cuales son las actuaciones
preventivas que se dan en el medio hospitalario. Para ello se han
estudiado tres centros de nivel 3 de Barcelona.
Me interesaba
especialmente observar si se contempla la susceptibilidad específica
de las distintas exposiciones de las trabajadoras en la etapa del
embarazo y la lactancia. La metodología utilizada fue la
de realizar diversas entrevistas a distintos agentes sociales del
sector de la sanidad: Tecnicas/os del Servicio de Prevención,
trabajadoras embarazadas o que hubiesen dado a luz recientemente,
Delegadas/os de Prevención, expertos sindicales territoriales.
El cuestionario seguía un guión en el que se sondeaba
al entrevistado acerca de diversas cuestiones a fin de determinar
el grado de conocimiento sobre los distintos agentes y procedimientos
de riesgo y sus efectos sobre la salud de la madre y el niño,
así como su conocimiento de las leyes y normas existentes,
sobre la existencia de espacios adecuados y sobre las actuaciones
preventivas que se realizan en el centro. Las preguntas trataban
de establecer, también, el grado de sensibilidad de los distintos
colectivos – compañeras/os, superiores, Servicios de
prevención Comité de Seguridad y Salud, Servicio de
relaciones laborales-.
LOS RESULTADOS
• La legislación
revisada, a pesar de que muestra un avance en la preocupación
de la prevención y la protección de la etapa del embarazo
y la lactancia, es incompleta y así se refleja en las revisiones
bibliográficas de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, cómo en los Reglamentos existentes y en la Guías
de Aplicación de los Reglamentos;
• Las
Metodologías de Evaluación muestran grandes insuficiencias
en esta etapa.
- Algunas ni
tan siquiera reflejan todas las posibles exposiciones a riesgos
hospitalarios.
- Otras dan orientaciones sobre algunos factores de riesgo perjudiciales
en el embarazo pero sobre otros no.
- No se tiene en cuenta la Directiva Europea.
- Algunas metodologías agrupan a las tragajadores embarazadas
y/o lactantes con otros grupos de trabajadoras/es con sensibilidad
específica del tipo que sea.
• Las
Entrevistas con los agentes sociales nos muestran un muy desigual
nivel de conocimientos sobre factores de riesgo, los efectos en
el embarazo y lactancia, la legislación existente sobre protección
y la existencia de organismos de seguridad y salud. Aunque la preocupación
sobre la necesidad de prevención y protección apareció
como importante en todas las personas entrevistadas, se constató
que no se aplica toda la prevención y protección necesaria
y que, a veces ésta, se realiza después de un periodo
importante de exposición.
Cuando las entrevistas se realizaron en centros más pequeños
la sensibilidad, y por tanto las actuaciones, resultaron todavía
menores cuando no nulas.
CONCLUSIONES
Es cierto que
la legislación relacionada con este tema ha avanzado en las
últimas décadas, y este avance se ha visto completado
recientemente con la Ley de Compatibilización de la Vida
Laboral y Familiar (1999) que aumenta la protección de la
mujer embarazada ante el despido y regula el cambio de puesto de
trabajo en situación de riesgo; con la Comunicación
de la Comisión de las CCEE (2000) y con el Real Decreto sobre
exposición a agentes cancerígenos en el trabajo (2003)
por el que se amplia su ámbito de aplicación a los
agentes mutágenos que son aquellos que producen alteraciones
genéticas hereditaria. Sin embargo, a pesar de estos avances,
según se desprende de mi análisis, sigue siendo incompleta.
En mi opinión, se hace necesario un desarrollo reglamentario
mayor en el marco de un reglamento específico. Por otra parte,
considero que es necesario que las Guías Técnicas
sean vinculantes y no solo orientativas, que la Administración
Sanitaria mejore su papel mediante la creación de instrumentos
que promuevan la investigación y el diagnóstico de
la situación laboral, y, especialmente, que se de información
y formación, de modo obligatorio, a los diferentes agentes
sociales relacionados.
BIBLIOGRAFÍA GENERAL
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LEGISLACIÓN
•
Ley 31/1995
de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales
•
Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de Marzo. Texto refundido
de la Ley del Estatuto de los trabajadores.
•
Directiva del Consejo 92/85/CEE de 19 de Octubre relativa
a la aplicación de medidas para promover la mejora, la seguridad
y la Salud en el trabajo, de las trabajadoras embarazadas, que hayan
dado a luz o en periodo de lactancia.
•
Real Decreto 53/1992 Reglamento sobre protección sanitaria
contra radiaciones ionizantes.
•
Real Decreto 363/1995, de 10 de Marzo Reglamento sobre notificación
de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado
de sustancias peligrosas.
•
Modificat per: Orden del 20 de Febrero de 1995
•
Real Decreto 1078/1993, del 2 de Julio. Reglamento sobre clasificación,
envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
•
Modificat per: Orden 20 de Febrero de 1995 y Real Decreto
363/1995, de 10 de marzo
•
Real Decreto 486/ 1997, de 14 de Abril Reglamento sobre Lugares
de Trabajo
•
Real Decreto 487/ 1997, de 14 de abril Reglamento sobre Manipulación
manual de cargas 487/1997 de 23 de Abril
Guía Técnica sobre Manipulación manual de cargas
•
Real Decreto 488/ 1997, de 14 de abril Reglamento sobre Pantallas
de visualización
•
Guía Técnica sobre Pantallas de visualización.
•
Real Decreto 664/1997, del 12 de mayo Reglamento sobre Agentes
biológicos
•
Real Decreto 665 /1997, del 12 de mayo Reglamento sobre Agentes
cancerígenos.
•
Comunicación de la Comisión sobre las directrices
para la evaluación de los agentes químicos, físicos
y biológicos, así como los procedimientos industriales
considerados como peligrosos para la salud o la seguridad de la
trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período
de lactancia. (Directiva 92/85/CEE del Consejo) Bruselas 2000
•
Real Decreto sobre exposición a agentes cancerígeno
R.D. 349/2003, de 21 de marzo que modifica el R.D.665/1997, de 12
de mayo, por el que se amplia su ámbito de aplicación
a los agentes mutágenos (tóxicos que producen alteraciones
genéticas hereditarias).
Carme
Catalán Piñol
Secretaria de la Mujer de la FSC, de CCOO
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